Se vuelve a permitir el ingreso de familiares a partir del 7 de Agosto del 2021
En este momento COMO TURISTA sólo pueden ingresar Familiares directos bajo la denominación de "REUNIFICACIÓN FAMILIAR" tanto de Argentinos como de residentes. ¿Qué familiares? sólo padres/hijos, hermanos o matrimonios (casados o en unión libre pero que se pueda confirmar dicha unión de convivencia). Para ello hay 2 modalidades de ingreso. 1. Por vía Migraciones / 2. Por vía Consulados.
1. INGRESO DE FAMILIARES POR VÍA SIMPLE DE MIGRACIONES
(Actualización 5/08/2021)
(Actualización 5/08/2021)
En esta modalidad, se podría decir, que viene a ser específicamente para todos los familiares que desean venir con un tiempo de permanencia corta (máximo 3 meses como turista). A continuación los pasos/requisitos son:
a) Presentar ante la aerolínea certificado de nacimiento, matrimonio, convivencia o unión convivencial, debidamente apostillado o legalizado, que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino o residente
b) Copia del DNI argentino del familiar y reserva de pasajes
c) Presentar ante la aerolínea una nota (carta) donde se explique brevemente la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso y lugar donde se hospedará (no debe ser apostillada ni nada, se trata de una carta simple de carácter informativo).
d) Tener la Declaración Jurada de Migraciones 48hs previas al viaje (ACÁ)
e) Presentar PCR negativo físico hasta 72 hs previas del embarque, caso contrario no podrá abordar el vuelo + los demás testeos comentados anteriormente. Tal como en el caso de los residentes.
f) Tener seguro médico Covid-19 en el momento del embarque, caso contrario no podrá abordar el vuelo
g) La declaración jurada de GCBA (ACÁ)
h) La cuarentena obligatoria de 10 días. Tal como en el caso de los residentes.
b) Copia del DNI argentino del familiar y reserva de pasajes
c) Presentar ante la aerolínea una nota (carta) donde se explique brevemente la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso y lugar donde se hospedará (no debe ser apostillada ni nada, se trata de una carta simple de carácter informativo).
d) Tener la Declaración Jurada de Migraciones 48hs previas al viaje (ACÁ)
e) Presentar PCR negativo físico hasta 72 hs previas del embarque, caso contrario no podrá abordar el vuelo + los demás testeos comentados anteriormente. Tal como en el caso de los residentes.
f) Tener seguro médico Covid-19 en el momento del embarque, caso contrario no podrá abordar el vuelo
g) La declaración jurada de GCBA (ACÁ)
h) La cuarentena obligatoria de 10 días. Tal como en el caso de los residentes.
i) Pagar la tasa de ingreso de 9000 pesos.
2. INGRESO DE FAMILIARES POR VÍA CONSULAR
(Actualización 5/08/2021)
(Actualización 5/08/2021)
En este caso, se solicitará la “Visa por reunificación familiar” ante el Consulado Argentino en Ecuador y tiene un costo entre 550 y 850 dólares. Esta visa permite que el familiar ecuatoriano / extranjero pueda solicitar la residencia (con DNI) en Argentina. Tener en cuenta que esta modalidad puede demorar algunos días más hasta su aprobación consular. Para este caso los pasos que se realizan desde allá son:
a) Presentar al consulado Argentino en Ecuador, los certificados de nacimiento, matrimonio, convivencia o unión convivencial, debidamente apostillado o legalizado, que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino o residente.
b) Copia del DNI argentino del familiar y su certificado de Domicilio acá en Argentina (el que puede sacar en las comunas o Comisarías barriales.
c) Cancillería realiza el traspaso de la información a Ministerio de Salud y Dirección Nacional de Migraciones para autorizar (o no) el ingreso del familiar a Argentina.
a) Presentar al consulado Argentino en Ecuador, los certificados de nacimiento, matrimonio, convivencia o unión convivencial, debidamente apostillado o legalizado, que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino o residente.
b) Copia del DNI argentino del familiar y su certificado de Domicilio acá en Argentina (el que puede sacar en las comunas o Comisarías barriales.
c) Cancillería realiza el traspaso de la información a Ministerio de Salud y Dirección Nacional de Migraciones para autorizar (o no) el ingreso del familiar a Argentina.
d) Tener la Declaración Jurada de Migraciones 48hs previas al viaje (ACÁ)
e) Presentar PCR negativo físico hasta 72 hs previas del embarque, caso contrario no podrá abordar el vuelo + los demás testeos comentados anteriormente. Tal como en el caso de los residentes.
f) Tener seguro médico Covid-19 en el momento del embarque, caso contrario no podrá abordar el vuelo
g) La declaración jurada de GCBA (ACÁ)
h) La cuarentena obligatoria de 10 días. Tal como en el caso de los residentes
e) Presentar PCR negativo físico hasta 72 hs previas del embarque, caso contrario no podrá abordar el vuelo + los demás testeos comentados anteriormente. Tal como en el caso de los residentes.
f) Tener seguro médico Covid-19 en el momento del embarque, caso contrario no podrá abordar el vuelo
g) La declaración jurada de GCBA (ACÁ)
h) La cuarentena obligatoria de 10 días. Tal como en el caso de los residentes
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* Actualización 5/08/2021: Quedan suspendidos los ingresos de todos los vuelos de BRASIL, INDIA, CHILE Y REINO UNIDO E IRLANDA. (Link de la nueva actualización)
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Si te quedas o vas para otra provincia de Argentina, lo mejor es que revises cuáles son las medidas que están tomando para recibir a los turistas ya que cada Gobernación se maneja distinto.
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💬 Fuente oficial: Gobierno Argentino + Gobierno de Buenos Aires
+ Gobierno de Provincia de Buenos Aires
+ Gobierno de Provincia de Buenos Aires